Cómo proceder si la empresa no acude al juicio en caso de denuncia

Si hemos denunciado a la empresa y no acude a juicio, debemos tener algunos puntos claros para saber cómo proceder. A continuación te contamos qué pasa si la empresa no acude al juicio en caso de denuncia y los pasos a seguir para continuar con el procedimiento de manera eficiente y profesional, según los expertos.

Qué hacer si la empresa no aparece en el juicio en caso de denuncia

Primero que nada debemos tener en cuenta que en casi todos los procedimientos laborales: impugnaciones de despidos o sanciones, reclamaciones de cantidades, etc. es fundamental presentar de forma previa una papeleta de conciliación laboral antes de la demanda. Ahora bien, si la empresa no acude al acto de conciliación laboral ni tampoco a la vista del juicio, debemos tener en cuenta algunos puntos y recomendaciones que revisamos a continuación. Si esto sucede probablemente es porque la empresa ya no tiene actividad y no le importa el resultado del juicio. De esta forma, aunque es obligado asistir a los actos de conciliación, a veces las empresas no acuden por diferentes motivos. De esta manera, si la empresa no se presenta el resultado será “intentando sin efecto”, y la persona tendrá que presentar una demanda ante el juzgado de lo social. Si la empresa tampoco se persona en el juicio debemos proceder de la siguiente manera.

Asimismo, también es importante que tengamos claro que como trabajadores no nos perjudica el hecho de que la empresa no acuda al juicio. Del mismo modo, que la empresa no acuda al juicio en caso de denuncia tampoco paraliza el procedimiento judicial, ya que éste continuará su trámite con normalidad. Aunque la empresa no acuda, el proceso ni se suspende ni irá más lento, aunque el juzgado tendrá que realizar algunos trámites más para localizarla.

En estos procedimientos, es probable que se llame al FOGASA, teniendo en cuenta su responsabilidad subsidiaria sobre las cuantías que se adeuden. Puede hacerlo el trabajador, aunque si éste no lo hace lo hará el juzgado, al valorar que la empresa no recoge las citaciones judiciales y no se persona en los juicios.

No es muy común que la empresa no acuda al juicio en caso de denuncia, y si ocurre en la mayoría de casos es porque se encuentra sin actividad. Ahora bien, para poder afrontar con garantías este proceso, lo mejor es contratar los servicios especializados de un buen abogado laboralista, como los que puedes encontrar en GaranleyAbogados, ya que estos profesionales te ayudarán a poder realizar todo el proceso con las mejores garantías y te permitirán conseguir un acuerdo ventajoso de forma más sencilla que si debes ocuparte de todo el proceso sin conocer este campo del derecho.

Ahora bien, como nos explican los profesionales, la ausencia de prueba por la empresa no determina de forma absoluta que tengamos derecho a lo que reclamamos o que vayamos a ganar el juicio, porque para ello es fundamental aportar los medios de prueba con los que contemos.

Como indicamos más arriba, la situación más común por la que una empresa no acude a un juicio es porque está desaparecida o ya no tiene actividad. En estos casos debemos tener en cuenta que si la empresa es insolvente será el FOGASA el que se hará cargo de las indemnizaciones y de los salarios no abonados por la empresa a los trabajadores. Pero la insolvencia no la determina la empresa, sino el juzgado si tras la averiguación patrimonial se determina que la empresa carece realmente de bienes.

Asimismo, en el caso de la impugnación de los despidos improcedentes o nulos, debemos valorar que este proceso no termina con la sentencia, porque si el despido es declarado improcedente o nulo la empresa tendrá que readmitir al trabajador o escoger entre la indemnización o la readmisión si se trata de un despido improcedente.

Si la empresa no ha acudido al juicio, lo más normal es que tampoco se pronuncie cuando se le intente notificar la sentencia, si es que llega a conocerla. Si el despido es improcedente, la empresa dispondrá de cinco días hábiles desde que reciba la notificación de la sentencia para elegir entre la indemnización y la readmisión.

Si el despido es nulo, la empresa deberá admitir de nuevo al trabajador con las mismas condiciones en su puesto de trabajo. En caso contrario habrá que iniciar un procedimiento de ejecución de sentencia que se denomina incidente de readmisión irregular o de no admisión, lo cual dará lugar a un nuevo juicio, con lo que, al demorarse el proceso, la cuantía adeudada aumentará también.

Además, si la readmisión es imposible, resulta exigible optar por la indemnización. En estos supuestos, se deberá establecer como fecha de extinción de la relación laboral la de la sentencia, con lo que se ganan algunos meses de diferencia. Del mismo modo, aunque la legislación no lo concreta de esta forma, el Tribunal Supremo determina que se debe abonar los salarios de tramitación hasta la fecha de la sentencia al trabajador. De esta forma, se incrementa la indemnización por despido, y al mismo tiempo se tiene derecho a recibir los salarios de tramitación.

Ahora bien, cabe reseñar de nuevo que dado lo complicado de este procedimiento para los trabajadores sin experiencia en este campo del derecho que simplemente quieren defender sus derechos, lo mejor es contratar un abogado laboralista que nos ayude y nos asesore durante todo el procedimiento si queremos denunciar a la empresa y ésta no se persona en el juicio. Los abogados laboralistas son los profesionales que mejor pueden ayudarte a defender tus derechos en el ámbito laboral o de Seguridad Social, ya que son expertos en los asuntos que se defienden ante el orden jurisdiccional social.